NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
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NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
Hola a tod@s queremos habilitar un espacio para publicar normativa, ayudas y subvenciones de interés para todos y que podamos hacer aclaraciones que nos ayuden interpretar dichas normas y o subvenciones.... esperamos que sea de vuestro agrado.
CLINICA VETERINARIA SERVIVETS
CLINICA VETERINARIA SERVIVETS
Re: NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
Con la nueva LEY 8/2014, de 14 de octubre, por la que se modifica la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León ya no hace falta sacar la licencia medioambiental que era necesaria para dar de alta una explotación apícola.
Yo siempre fui muy crítico con la exigencia de semejante licencia, ya que me parecía una tomadura de pelo al sector, así que, ahora veo con buenos ojos esta reforma: de todas las formas, los ayuntamientos deberán disponer de una buena base de datos para que no tengan problemas posteriores.
Un saludo.
Yo siempre fui muy crítico con la exigencia de semejante licencia, ya que me parecía una tomadura de pelo al sector, así que, ahora veo con buenos ojos esta reforma: de todas las formas, los ayuntamientos deberán disponer de una buena base de datos para que no tengan problemas posteriores.
Un saludo.
- elsardonal
- Mensajes: 3
- Registrado: 10 Dic 2014 20:38
Re: NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
Hola soy nuevo en la apicultura,y me gustaria saber cual es la documentacion necesaria para poner unas colmenas.
Gracias
Gracias
- turmielero
- Mensajes: 415
- Registrado: 20 Mar 2012 16:36
Re: NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
Hola, dirígete a los servicios veterinario oficiales de la zona donde quieras poner las colmenas. Son oficinas comarca les agrarias, unidades veterinarias... Según la comunidad autónoma que sea.
Ellos te informarán del trámite aunque aquí en el foro puedes encontrar hilos de mensajes sobre el tema.
Saludos
Ellos te informarán del trámite aunque aquí en el foro puedes encontrar hilos de mensajes sobre el tema.
Saludos
Re: NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
Subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2015 en la Comunidad de Aragón.
http://benasque.aragob.es/cgi-bin/CONV/ ... 0060990707
http://benasque.aragob.es/cgi-bin/CONV/ ... 0060990707
- turmielero
- Mensajes: 415
- Registrado: 20 Mar 2012 16:36
APICULTURA PARA LA MEJORA DE LA BIODIVERSIDAD C-LM
Hola a todos, se publicó el viernes 27 de marzo en el DOCM las bases reguladoras y la convocatoria para 2015 de la ayuda a la apicultura para la mejora de la biodiversidad.
os adjunto el enlace.
Saludos
http://docm.castillalamancha.es/portald ... o=rutaDocm
http://docm.castillalamancha.es/portald ... o=rutaDocm
os adjunto el enlace.
Saludos
http://docm.castillalamancha.es/portald ... o=rutaDocm
http://docm.castillalamancha.es/portald ... o=rutaDocm
AYUDAS APICULTURA COMUNIDAD DE MADRID
AVISO IMPORTANTE de publicación del Plan NAcional Apícola de la Comunidad de Madrid.
Para aquellos que esteis interesados os hacemos un extracto de la Orden:
ORDEN 447/2015, de 26 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación el Territorio, por la que modifica la Orden 2878/2010, de 21 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
La presente Orden entró en vigor el día 22 de abril de 2015 de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Las solicitudes, junto con la documentación exigida, podrán presentarse en el plazo de quince días desde la publicación.
Actividades e inversiones subvencionables
A. Asistencia técnica a apicultores (línea A):
B. Lucha contra la varroosis (línea B).
C. Racionalización de la trashumancia (línea C).
D. Análisis de miel (línea D).
En el artículo 8, se indica que para proceder al pago de las ayudas el beneficiario justificará, hasta el 15 de septiembre los gastos realizados en las actividades e inversiones llevadas a cabo en la campaña apícola.
(ver documentación exigida)
Para aquellos que esteis interesados os hacemos un extracto de la Orden:
ORDEN 447/2015, de 26 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación el Territorio, por la que modifica la Orden 2878/2010, de 21 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
La presente Orden entró en vigor el día 22 de abril de 2015 de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Las solicitudes, junto con la documentación exigida, podrán presentarse en el plazo de quince días desde la publicación.
Actividades e inversiones subvencionables
A. Asistencia técnica a apicultores (línea A):
B. Lucha contra la varroosis (línea B).
C. Racionalización de la trashumancia (línea C).
D. Análisis de miel (línea D).
En el artículo 8, se indica que para proceder al pago de las ayudas el beneficiario justificará, hasta el 15 de septiembre los gastos realizados en las actividades e inversiones llevadas a cabo en la campaña apícola.
(ver documentación exigida)
Re: NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
El plazo son 15 días desde su convocatoria, .... imaginamos que son 15 días naturales , por lo que en ese caso finalizaría el 6 de Mayo, aunque este dato lo tenemos que contrastar con la administración por si fuesen 15 días hábiles.
ASAPIA MADRID está a disposición de los apicultores de Madrid que quieran tramitar esta ayuda.
Si alguien está interesado en que le ayudemos en su tramitación que no dude en contactar con nosotros a través de quintavinuelas@yahoo.es y concertaremos cita.
Un saludo
ASAPIA MADRID está a disposición de los apicultores de Madrid que quieran tramitar esta ayuda.
Si alguien está interesado en que le ayudemos en su tramitación que no dude en contactar con nosotros a través de quintavinuelas@yahoo.es y concertaremos cita.
Un saludo
Re: NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
Resolución de la Diputación de Huesca que tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa para la contratación por las Corporaciones Locales de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, las entidades recogidas en el artículo 2 de la Orden de 26 de octubre de 1998.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el “Boletín Oficial de la Provincia” (30 días naturales a partir del 28 de abril de 2015).
Más información en:
http://benasque.aragob.es/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=851146201717
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en el artículo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, las entidades recogidas en el artículo 2 de la Orden de 26 de octubre de 1998.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el “Boletín Oficial de la Provincia” (30 días naturales a partir del 28 de abril de 2015).
Más información en:
http://benasque.aragob.es/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=851146201717
Re: NORMATIVA, AYUDAS Y SUBVENCIONES
La Diputación de Teruel acaba de aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concesión directa, de los costes salariales y cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondientes a la contratación para las corporaciones locales de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, en proyectos de interés general y social afectos al programa de fomento del empleo agrario.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en el articulo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, las entidades recogidas en el articulo 2 de la Orden de 26 de octubre de 1998.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el SOPT (Un mes a partir del 28 de abril).
Más información en: http://benasque.aragob.es/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=851147401414
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, en los términos establecidos en el articulo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, las entidades recogidas en el articulo 2 de la Orden de 26 de octubre de 1998.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el SOPT (Un mes a partir del 28 de abril).
Más información en: http://benasque.aragob.es/cgi-bin/CONV/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=851147401414
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